NUEVAS NORMAS DE TRÁFICO

Este 2024 viene caracterizado por la introducción de una serie de reformas en la Ley de Tráfico que lo que buscan es mejorar la seguridad vial y reducir la contaminación para adaptarse así a los nuevos cambios en la movilidad.

En concreto y por lo que se refiere al uso de Patinetes Eléctricos es importante destacar que han adquirido la consideración jurídica de vehículos lo que implica que se apliquen normas similares a otros vehículos en cuanto a tráfico se refiere, como es la prohibición de consumir alcohol, utilizar auriculares y circular por aceras, limitándose la velocidad a 25 km/hora para los patinetes, además de prohibirse su circulación por carreteras.

Destaca además la necesidad de contar con un certificado de circulación y una identificación para aquellos patinetes eléctricos nuevos que se adquieran a partir de 2024. Por lo que se refiere al certificado lo que pretende es que se garantice con él el cumplimiento de los requisitos técnicos que se establecen en el manual de características específicas y en cuanto a la identificación se refiera a la necesidad de que ese patinete cuente con una placa de marcaje de fábrica que sea visible en él, debiendo contener información como el número de serie, marca, modelo, velocidad máxima, año de fabricación y número de certificado.

Aquellos patinetes que hayan sido adquiridos con anterioridad a 2024, podrán seguir circulando hasta el 22/01/2027, buscando con ello que poco a poco se utilicen patinetes que cumplan la calidad y seguridad más recientes.  

Y no solo todo lo anterior, debido al auge que ha supuesto la utilización de este tipo de vehículos lo que está haciendo la DGT es desarrollar un proyecto piloto de formación gratuita para usuarios de patinetes eléctricos para concienciar sobre la seguridad vial y la responsabilidad en la velocidad, ya que es conocido por todos, la existencia de accidentes en los que se han visto involucrados este tipo de vehículos, pretendiendo con ello incrementar la seguridad en su utilización.

Pasamos ahora a las nuevas normas que afectan a la Motos, entre las que destacan la utilización obligatoria del casco integral o modular y guantes homologados para motoristas cuando circulen por carretera.

Para aquellos conductores con permiso B con tres años de antigüedad que quieran conducir motos hasta 125 cc, deberán realizar un curso y ello para asegurar que esos conductores tienen las habilidades y conocimientos necesarios para conducir motos de forma segura.

Es importante destacar entre las novedades las nuevas velocidades máximas de circulación para este 2024, aunque si bien, entraron en vigor en el año 2021, no está de más recordar que son las que se indican a continuación:

  • No rebasar en 20 km/hora los limes de velocidad en carretera en los adelantamientos
  • En ciudades, en vías de un solo carril por sentido, se redujo a 30 km/hora, manteniendo los 50 km/hora en vías con dos o más carriles.
  • En vías de un sólo carril en las que esté permitido un único sentido y con acera en ambos lados, la velocidad máxima es de 20 km/h. 

En cuanto a la seguridad al volante, no debemos olvidar la obligatoriedad en el uso del cinturón de seguridad y la prohibición del uso de teléfonos móviles al volante.

Utilizar el móvil al volante (incluso llevarlos sujeto con la mano) conlleva una sanción que se ha visto incrementada con la pérdida de 3 a 6 puntos de retirada del carnet de conducir y en el caso de no utilizar de forma correcta el cinturón de seguridad, el casco o retención infantil, la infracción pasa a ser sancionada con la retirada de 4 puntos, sin perjuicio de la sanción económica que se deba imponer.

Como sabemos, el sistema de puntos entró en vigor en el año 2006, partiendo todos los conductores con 12 puntos y premiando a los buenos con hasta 15 puntos. Pero podemos encontrarnos con conductores que hayan perdido todos sus puntos. Para ello, la DGT introdujo nuevos métodos para recuperarlos, como es la unificación en 2 años del período transcurrido sin cometer infracciones para poder recuperar el número de puntos inicial así como recuperar hasta dos puntos si realizamos cursos de conducción segura que son impartidos por la DGT.

Otro tipo de sanciones son las previstas en caso de utilización de sistemas de detección de radares que está considerado como una infracción grave sancionada con 500 euros de multa y la pérdida de 3 puntos. No adelantar de forma correcta a un ciclista está sancionado con la pérdida de 6 puntos.

 En definitiva, lo que se pretende con esta nueva normativa es incrementar la seguridad y reducir el número de accidentes en ciudad y la siniestralidad en carreteras, además de reducir la contaminación en las ciudades.

Como es de esperar en el inicio, estas medidas no son muy bien acogidas por los conductores en el momento en que se implementan pero el tiempo será quien nos diga si son efectivas en cuanto a la consecución de los objetivos que se ha propuesto la DGT.

    Deje su comentario aquí...

    Responsable IBICE DT OPERACIONES S.L.
    Finalidad Responder a tus comentarios.
    Legitimación Tu consentimiento.
    Destinatarios Tus datos serán guardados en nuestro proveedor de hosting.
    Derechos Tienes derecho, entre otros, a acceder, rectificar, limitar y suprimir tus datos enviando un correo a direccion@protectorlex.es