Equipo Abogados Protector Lex

SOCIAL-LABORAL – Se reconocen las patologías psiquiátricas crónicas como invalidez absoluta

Totalmente firme ha sido la sentencia del Juzgado de lo Social de Barcelona, donde se ha concedido una incapacidad laboral absoluta para todo tipo de trabajo a un almacenero de recambios de automóvil con una patología psíquica. En cualquier caso, para su señoría han prevalecido los informes del especialista psiquiátrico que trata a los actos, donde se desprenden de los mismos que existe una permanencia, y severidad de la patología, desvirtuando los realizados por el SGAM.

El actor, padece desde el año 2004, una patología psiquiátrica, que ha ido in crescendo, hasta derivar como en la actualidad a un trastorno depresivo mayor, no existiendo apenas tratamiento farmacológico y la psicoterapia individual. Además, de padecer una artropatía degenerativa en la cadera derecha y pequeñas rupturas parciales en el codo izquierdo.

En el año 2017, a cauda de la imposibilidad de continuar manteniendo su trabajo por las limitaciones que se le devienen por sus padecimientos, solicitó ante el INSS el reconocimiento de una incapacidad laboral. El mismo, se lo denegó porque existía un dictamen del SGAM en donde consideró que “no hay presunción del Incapacidad Permanente por no estar agotadas las posibilidades terapéuticas”.

Ante tal consideración, el Tribunal Médico, que está actuando como representante legal del demandante, accedió a la jurisdicción, donde el INSS insiste en que no le limita para poder trabajar. En cualquier caso, el juez no ve comprensible como el SGAM llega a tal conclusión “cuando, en los numerosos informes aportados por los centros públicos que tratan al paciente, quedan constatadas que las lesiones que padece son permanentes, presentan una muy larga evolución, con numerosos tratamientos prescritos y realizados sin respuesta positiva y que le afectan funcionalmente para desarrollar cualquier actividad laboral».

Por lo tanto, se reconoce al actor una incapacidad absoluta para poder desempeñar cualquier trabajo y además, condena al INSS para que se le remunere una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora.

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