CLÁUSULA REBUS SIC STANTIBUS

Los inquilinos, para que puedan conseguir una rebaja en la renta que vienen abonando necesita del acuerdo de ambas partes, arrendador y arrendatario, pero si el propietario se niega a hacer un ajuste y el inquilino no puede hacer frente al pago de la renta, puede apelar a la cláusula  “rebus sic stantibus”. Esa cláusula solo puede hacerse valer judicialmente, solicitando su aplicación por la vía judicial a través de un procedimiento declarativo ordinario.

Para que proceda su aplicación debe cumplirse una serie de requisitos, tales como que exista una situación excepcional como la que estamos viviendo, que exista una desproporción desorbitada entre las prestaciones de las partes, que no se hayan podido prever y que estemos ante un contrato de alquiler de larga duración.

Los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona en materia de arrendamientos en relación a la aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus” han sido los primeros en regular la rebaja de los alquileres sin necesidad de tener que acudir a la vía judicial.

Esos acuerdos tratan sobre la posibilidad de suspensión de un procedimiento de desahucio por falta de pago; la posibilidad de enervar la acción pagando el 50% de las mensualidades en las que se haya visto suspendida la actividad en el local arrendado; la imposibilidad de extender el objeto del proceso de desahucio por falta de pago a la invocación por la parte demandada de la cláusula “rebus sic stantibus” y la admisión, como motivo de oposición en el juicio de desahucio, de la imposibilidad de pago de las rentas por circunstancias sobrevenidas e imprevistas derivadas de la declaración del estado de alarma por el Covid-19.

Pero como era de esperar, esa decisión deja fuera a los propietarios que también reclaman ser compensados, ya que al igual que los arrendatarios son parte afectada por esta situación y deben hacer frente a impuestos y gastos para los que no se han planteado rebajas.

Por el momento solo es Cataluña quien se ha pronunciado al respecto, por lo que vamos a esperar a ver en qué sentido se pronuncian el resto de Comunidades Autónomas

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