ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA FAMILIAR A LA MADRE HASTA LA EMANCIPACIÓN DE LOS HIJOS

El Tribunal Supremo ha concluido que, en caso de divorcio, si la madre es quien tiene la custodia de los hijos y se le ha atribuido la vivienda familiar, ésta seguirá siendo atribuida a la madre hasta que los hijos se emancipen, y es que además el Ato Tribunal ha incidido en que no se puede limitar en el tiempo la atribución del uso de la vivienda familiar.

En este caso, la vivienda se trata de un bien privativo del marido, y la madre carece de trabajo y bienes, y por tanto, considera que por encima de los intereses del marido están los de los menores.

Para llegar a esa Sentencia, nos tenemos que remontar a la Sentencia dictada en Instancia en la que se declaró la disolución del vínculo matrimonial y atribuyó el uso de la vivienda familiar, que era un bien privativo del padre, a la madre y a los hijos comunes durante dos años, debiendo asumir ella el pago de los suministros ordinarios y gastos de comunidad. El inmueble se encuentra gravado por un crédito hipotecario, por el que el padre abona mensualmente la cantidad de 827,92 euros.

El Juzgado de Primera Instancia entendió que la vivienda era privativa del marido y por tal motivo limitó su atribución de uso durante dos años, tiempo entendido como bastante para liquidar la sociedad de gananciales y para que la esposa pudiera rehacer su situación económica.  

Esa sentencia se recurrió en apelación por ambas partes, donde el esposo solicitaba que se atribuyese el uso de la vivienda familiar durante seis meses si se le adjudicaba la custodia de los menores a la madre y la esposa reclamaba que el uso fuera hasta que se emancipasen.

La Audiencia Provincial concedió a la madre y a los menores el uso de la vivienda familiar por el plazo de dos años, pero no hasta que los hijos se emancipasen, motivo por el cual se recurrió en casación por la esposa esa sentencia dictada por la Audiencia en la que alegó que se vulneraba la doctrina jurisprudencial de la Sala respecto a que la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad no puede ser limitada por el juez.

Así, el Tribunal Supremo ha dado la razón a la madre, ampliando el plazo para el uso de la vivienda familiar hasta la emancipación de los hijos.

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